DeTapas Bases legales
Sorteo de fooders: Top 100
Bases de la promoción comercial entre usuarios (fooders) de Las Fiestas de San Lorenzo. Unirte al evento en la app implica la aceptación íntegra de este documento.
Versión publicada el 3 de septiembre de 2026. Documento oficial de la promoción. Contacto: legal@detapas.app.
1. Organizador y objeto
El organizador es el titular de la marca y de la aplicación DeTapas (sitio web detapas.app), con domicilio a efectos de notificaciones en Valladolid (España), en adelante el Organizador.
El objeto de estas bases es regular la promoción comercial «Sorteo de fooders» asociada al evento «Las Fiestas de San Lorenzo», consistente en un sorteo aleatorio entre los fooders que, al congelar el ranking del circuito, ocupen el Top 100. Cada uno de esos fooders genera 1 papeleta.
2. Naturaleza jurídica
La promoción tiene carácter exclusivamente publicitario y comercial. No se venden boletos. La papeleta no tiene contraprestación económica: basta la cuenta fooder gratuita y la mecánica del circuito descrita en estas bases. No hay extracción automática en la aplicación.
Conforme al artículo 3.i) y al artículo 2.2.c) de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego, se configura como combinación aleatoria con fines publicitarios o promocionales (participación sin sobreprecio ni tarificación adicional por la papeleta). Queda fuera del régimen de títulos habilitantes de dicha Ley, sin perjuicio de las obligaciones tributarias que, en su caso, resulten exigibles.
Resultan de aplicación, en lo que proceda, la Ley 34/1988, General de Publicidad; la Ley 3/1991, de Competencia Desleal; el Real Decreto Legislativo 1/2007 (TRLGDCU); la Ley 34/2002 (LSSI); el Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD); y el Código Civil.
3. Destinatarios y ámbito
Pueden participar las personas físicas mayores de 18 años con cuenta de usuario (fooder) activa en DeTapas que se hayan unido al evento «Las Fiestas de San Lorenzo» en la aplicación. Quedan excluidos invitados (guest), cuentas de propietario en modo local, y quien no figure en el Top 100 congelado.
Ámbito territorial: España, con desarrollo del circuito en Valladolid. El participante debe tener capacidad de obrar.
4. Vigencia
La ventana de participación coincide con la del evento (4 de septiembre – 13 de septiembre 2026). El ranking se congela al cierre de esa ventana. El sorteo entre papeletas se celebra después de la congelación, con los premios del Anexo I (cláusula 6), en la fecha que el Organizador determine y comunique.
5. Mecánica, ranking y papeletas
- El fooder se une al evento desde la app (banner de Descubrir o ficha del evento). Ese acto implica la aceptación de estas bases.
- Durante la ventana, el ranking del circuito suma validaciones con foto en cercanía en las casetas del evento. No usa la fórmula bayesiana del ranking provincial.
- A igualdad de validaciones se desempata, por este orden: mayor número de casetas distintas validadas; y, si persiste el empate, quien alcanzó ese total antes.
- Al cierre, el Organizador congela el ranking. Cada fooder del Top 100 congelado genera 1 papeleta a su nombre.
- El sorteo se realiza entre esas papeletas, fuera de la app, por procedimiento aleatorio documentado por el Organizador.
El Organizador podrá anular validaciones o excluir cuentas cuando aprecie fraude, manipulación de ubicación, cuentas ficticias u otras conductas contrarias a la buena fe (arts. 7 y 1258 del Código Civil).
6. Premio (Anexo I)
El Anexo I queda publicado en esta misma URL. El sorteo entre fooders del Top 100 tiene un valor estimado conjunto de más de 1.000 €, con estos premios:
- un scooter eléctrico Xiaomi;
- una Nintendo Switch 2;
- planchas Philips (valor estimado superior a 200 €);
- AirPods con cancelación de ruido;
- una camiseta del Real Valladolid.
El número de ganadores y la asignación de cada premio entre las papeletas del Top 100 los determina el Organizador en el acto del sorteo, por procedimiento aleatorio documentado. Unirse al circuito y validar pinchos no genera por sí solo un derecho a premio: hace falta figurar en el Top 100 congelado.
Cada premio es indivisible e intransferible salvo acuerdo escrito del Organizador. No incluye gastos ajenos a lo descrito en este Anexo I.
7. Comunicación, entrega y caducidad
El ganador se notificará a través de los datos de la cuenta fooder (correo y, en su caso, teléfono). El Organizador podrá dar publicidad del resultado en sus canales, respetando la normativa de datos y de imagen.
El ganador dispone de 15 días naturales desde la notificación para aceptar el premio y facilitar los datos necesarios para la entrega. Transcurrido el plazo sin respuesta fehaciente, el premio podrá declararse desierto o reasignarse a otra papeleta, a criterio del Organizador.
8. Derechos de imagen
La aceptación del premio implica la autorización a que DeTapas utilice nombre o alias público, y contenidos razonables de la entrega, para comunicar el resultado en sus redes y canales, sin remuneración adicional, al amparo de la Ley Orgánica 1/1982, y sin perjuicio del derecho a oponerse en los términos del RGPD.
9. Exclusiones e independencia del sorteo de casetas
Quedan excluidos menores de 18 años, invitados, cuentas suspendidas, el personal del Organizador y quien falsee datos o validaciones.
Esta promoción es solo para fooders. Es independiente del sorteo de casetas (vale de 500 € y colaboración en redes). Un fooder no entra en ese vale; una caseta no entra en este sorteo.
10. Protección de datos
El responsable del tratamiento es el Organizador. Los datos de la cuenta fooder y del ganador se tratan para gestionar la promoción, entregar el premio y cumplir obligaciones legales, con base en la ejecución de estas bases (art. 6.1.b RGPD) y, en su caso, el cumplimiento de una obligación legal o el interés legítimo (art. 6.1.c y 6.1.f RGPD).
Derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad: privacy@detapas.app. Información adicional: Política de privacidad. Reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (aepd.es).
11. Régimen fiscal
El ganador asume las obligaciones tributarias que le correspondan por la obtención del premio (IRPF u otras), conforme a la Ley 35/2006 y demás normativa vigente. El Organizador practicará las retenciones o ingresos a cuenta que, en su caso, resulten exigibles.
12. Responsabilidad, aceptación y modificaciones
Unirse al evento «Las Fiestas de San Lorenzo» en DeTapas, o permanecer en el circuito durante la vigencia, implica la aceptación plena de estas bases —incluido el régimen del Anexo I— y de los Términos y condiciones de DeTapas.
El Organizador no responde de fallos de red, localización, tiendas de aplicaciones o de terceros, ni de un uso indebido de la app por los participantes, más allá de lo legalmente indisponible (en particular, los derechos del TRLGDCU que no admiten exclusión).
Podrá modificar estas bases, publicar el Anexo I, suspender o anular la promoción por causa justificada (fuerza mayor, fraude sistémico, orden de autoridad), publicando la versión vigente en esta URL. La versión oponible es la publicada en el momento del sorteo, o la última si el sorteo no llega a celebrarse.
13. Legislación aplicable y fuero
Estas bases se rigen por la legislación española. Si el participante es consumidor o usuario, será competente el juzgado de su domicilio, conforme al TRLGDCU (RDL 1/2007). En los demás casos, los Juzgados y Tribunales de Valladolid.
Consultas: legal@detapas.app.
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